El trabajador será responsable de la afiliación, al momento de la vinculación laboral, de afiliarse al Sistema General de Seguridad Social en Salud, también será el responsable de registrar las novedades de traslado, de movilidad, inclusión o exclusión de beneficiarios, actualización de datos, y demás que defina el Ministerio de la Protección Social.
El proceso de afiliación para empleados se puede realizar a través de la empresa en la que laboras:
Los trabajadores independientes y en general todas las personas que no tengan vínculo contractual y reglamentario con algún empleador y cuyos ingresos mensuales sean iguales o superiores a un salario mínimo mensual legal vigente se podrán vincular al Régimen Contributivo.
Según el Decreto 1273 de 2018 del Ministerio de Salud y Protección Social, una de las definiciones es el cambio en los periodos de pago en PILA.
A partir del primero de octubre de 2018 los independientes, que perciban ingresos mensuales iguales o superiores a un 1 Salario Mínimo Legal Mensual Vigente - SMLMV, cotizarán mes vencido al Sistema de Seguridad Social Integral, es decir, en el mes de octubre que empieza a regir la norma, pagarán el periodo de septiembre, reportando el IBC y novedades del mes de septiembre.