Se consideran novedades los cambios que modifican el estado de la afiliación, la condición del afiliado, la pertenencia a un régimen, la inscripción a una EPS y la actualización de sus datos.
Se realiza por solicitud directa, sin presentar ningún documento adicional.
Si eres afiliado(a) y deseas excluir un miembro de tu grupo familiar:
Por qué no cumple con la normatividad legal vigente Decreto 2353 de 2015 Articulo 21.8. Que indica que a falta del cónyuge o de compañera o compañero permanente y de los hijos, los padres del cotizante que no estén pensionados y dependan económicamente de este, podrán ser parte del grupo familiar.
Debe cumplir las siguientes condiciones:
Si soy soltero@ puedo afiliar a mis padres como beneficiarios
Que dependan económicamente del cotizante.
Para el caso donde el compañero o compañera o cónyuges sean cotizantes los dos en el mismo grupo familiar, se podrá afiliar a los padres de alguno de los dos y de igual manera se mantendrán afiliados los beneficiarios hijos.
Que mis padres no se encuentren afiliados en condición de pensionados o sean dependientes (Empleados), o pertenezcan al régimen de excepción.
Ver más en el siguiente link:
Vinculación del grupo familiar - Régimen Contributivo | NUEVA EPS
Inclusión de beneficiarios padres
Documentos requeridos:
Fotocopia de documento de identificación ampliado al 150 %.
Para padres del cotizante o familiares hasta tercer grado de consanguinidad, fotocopia del registro civil en el que conste el parentesco.
Puede validar la información en el siguiente link Novedades de afiliación al Régimen Contributivo | NUEVA EPS.
Lo puedo afiliar como beneficiario con upc adicional
¿Qué es la upc Adicional?
El cotizante podrá inscribir en su núcleo familiar, mediante el pago de una Unidad de Pago por Capitación (UPC) Adicional a otras personas que tengan la condición de familiares que se encuentren hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, tales como: hijos mayores de 25 años de edad; padre o madre cuando no puedan ser inscritos como beneficiarios, hermano(a)s, abuelo(a)s, sobrino(a)s, tío(a)s, primo(a)s, suegro(a), yerno/nuera, cuñado(a)s, abuelos del cónyuge si dependen económicamente de él y no cumplen las condiciones para ser cotizantes o beneficiarios en el Régimen Contributivo. Estas personas se denominan “Afiliados Adicionales”. El afiliado podrá consultar el valor de la UPC ADICIONAL vigente que se calcula con base en el artículo 38 del Decreto 2353 de 2015 y la resolución que fija el valor de la UPC para cada vigencia expedida anualmente por el Ministerio Salud y Protección Social, el pago lo podrá realizar a través del operador de PILA en el siguiente link Paga tu planilla | NUEVA EPS
Afiliación como independiente.
De acuerdo a la normatividad legal vigente decreto 0780 de 2016 en el
Artículo 2.2.1.1.1.3 Indica lo siguiente:
Trabajadores Independientes. Se clasifica como trabajador independiente a aquel que no se encuentre vinculado laboralmente a un empleador, mediante contrato de trabajo o a través de una relación legal y reglamentaria. Se considerarán como trabajadores independientes aquellos que teniendo un vínculo laboral o legal y reglamentario, además de su salario perciban ingresos como trabajadores independientes. Para los efectos del sistema de liquidación de aportes que establece la presente Sección, se asimilan a trabajadores independientes los grupos de población subsidiados dentro del Régimen General de Pensión, en el siguiente link podrá validar la información y documentos requeridos. Régimen Contributivo | NUEVA EPS
Cabeza de familia en régimen subsidiado: es el proceso de Movilidad enmarcado en el Decreto 2353 de 2015, que garantiza la continuidad de los servicios de salud al cotizante y su grupo familiar cuando este pierda la capacidad de pago y se encuentre clasificado en los niveles I y II del sisbén, de acuerdo a lo anterior si cumple las condiciones podrá validar la información en el siguiente link //www.nuevaeps.com.co/personas/regimen-subsidiado/novedades-afiliacion
A través de la página designada por el Ministerio de Salud transacciones sat https://miseguridadsocial.gov.co .
En la página de Nueva EPS www.nuevaeps.com.co ingresando en el siguiente link https://www.nuevaeps.com.co/personas/regimen-contributivo/novedades-afiliacion donde podrá validar la información requerida.
En oficina de atención al usuario puede validar su punto de atención según su ciudad en el siguiente link Red de atención | NUEVA EPS.
También podrá validar la información, comunicándose en nuestras líneas de atención en Bogotá (601)3077022 – línea gratuita nacional 01 8000 954 400 para el régimen contributivo y para el régimen subsidiado por medio de la Línea Gratuita Nacional 01 8000 952000. |
Si eres afiliado(a) y estás esperando un hijo, recuerda afiliarlo tan pronto nazca.
Actualiza hoy mismo tu información desde cualquiera de nuestros canales:
Cuando los dos cotizantes se encuentran afiliados a la misma EPS y desean unificar el grupo familiar, ya sea por unión marital de hecho o por unión libre: