La incapacidad solicitada ya se encontraba transcrita. En caso de requerir el certificado de incapacidad o licencia, podrá generarlo desde la APP de Nueva EPS o desde el Portal Transaccional perfil afiliado y empleador. link: https://www.nuevaeps.com.co/personas/certificado-incapacidad-licencia
Incapacidad y/o soporte clínico no cumple con los requisitos de ley. (Resolución número 1995 de 1999)
Falta epicrisis y/o soporte de la atención médica, que originó la incapacidad (Resolución 2266 de 1998 Artículo 20)
Falta incapacidad y/o licencia original (Resolución 2266 de 1998 Artículo 23)
Su solicitud no fue posible validarla, toda vez que el soporte de atención médica y/o la incapacidad se encuentra ilegible (Resolución número 1995 de 1999)
Para el periodo de incapacidad no presenta relación laboral vigente. (Decreto 780 de 2016)
Para el periodo de la incapacidad no presenta relación laboral vigente ACTIVO como beneficiario (Decreto 780 de 2016)
Para el periodo de la incapacidad no presenta relación laboral vigente ACTIVO como Pensionado (Circular 011 / 95 Parte 4)
Para el periodo de la incapacidad no presenta relación laboral vigente ACTIVO en el régimen subsidiado (Decreto 780 de 2016)
Para el periodo de la incapacidad no presenta relación laboral vigente ACTIVO en el régimen subsidiado (Decreto 780 de 2016)
Para el periodo de la incapacidad no presenta relación laboral vigente ACTIVO en otra EPS. Debe realizar este trámite en su anterior EPS (Decreto 806 de 1998 Artículo 48)
Falta copia del certificado de nacido vivo y registro civil de nacimiento (Ley 1468 de 2011- Artículo 236-Parágrafo 1)
Falta copia del certificado de adopción expedido por el ICBF o entidad autorizada (Ley 1468 de 2011- Artículo 236)
Falta soporte de la atención médica, en relación a la licencia que contenga las semanas de gestación o edad gestacional a la fecha del parto y/o ecografía de primer trimestre (Ley 1468 de 2011- Artículo 236)
Su solicitud de transcripción se realizó pasados 30 días subsiguientes a la fecha del nacimiento del menor, tiempo establecido para poder realizar el trámite (ley 1822 Artículo 1 Parágrafo 2°)
Incapacidad expedida por problemas de salud de hijos o terceros. No válida para transcribir ya que esta corresponde a licencia por calamidad doméstica. (Código sustantivo de trabajo)
Incapacidad prospectiva no se encuentra justificación clínica para la expedición futura de la incapacidad no hay registro de otras incapacidades anteriores o que se traslapen con la misma (Resolución 2266 de 1998 Artículo 14)
Incapacidad retrospectiva no se encuentra justificación clínica ni registro de otras incapacidades que soporten la expedición de la incapacidad con fecha de inicio anterior a la fecha de atención. (Resolución 2266 de 1998 Artículo 12)
Falta Copia De FURAT (Formato De Informe De Accidente De Trabajo) y/o dictamen de calificación de origen y/o dictamen de Pérdida de capacidad Laboral (Resolución 156 de 2005)
Falta copia del reporte de accidente de tránsito SOAT y/o soporte de la atención medica que describa el accidente (Resolución 3823 de 2016)
Procedimiento con fin de aplicación cosmética, estética o tratamiento odontológico no cubierto por el Plan Obligatorio de Salud POS (Decreto 2353 de 2015 Artículo 81)
Usuario de cesión o de traslado, para proceder a su solicitud se requiere certificado de incapacidades de EPS anterior (Decreto 1848 de 1969 Artículo 9)
Incapacidad expedida por Medicina Legal de carácter penal y no de orden laboral. (Concepto del Ministerio de la Protección Social 332671 de Octubre 27 de 2011)
Falta certificado por la ARL para Enfermedad laboral y/o constancia de ejecutoria de dictamen de las juntas de calificación de invalidez y/o dictamen de Pérdida de capacidad Laboral (Resolución 156 de 2005-Decreto 1352 de 2013)
Su solicitud no fue posible validarla, toda vez que el soporte de atención medica adjunto y/o la incapacidad no corresponde al usuario, agradecemos radicar los documentos correctos acordes con el origen de la incapacidad o licencia. (Consideraciones de pertinencia médica).
En respuesta a su solicitud de transcripción, le informamos que una vez sea conciliado el recobro que la empresa tiene pendiente con NUEVA EPS, podrá radicar los documentos a fin de realizar el proceso de transcripción.
Teniendo en cuenta que la incapacidad actual es prorroga es necesario que radique sus incapacidades previas de lo contrario favor aportar certificado del empleador indicando la no existencia de las mismas (Concepto Jurídico 201611602242601)
Su solicitud corresponde a incapacidad futura no procede transcripción hasta la fecha inicio de la misma, agradecemos radicar los documentos para la fecha inicio de su incapacidad.
Se evidencia que sus ingresos no provienen de una Actividad Laboral, por lo cual no procede la transcripción de incapacidades (Articulo 227 del Código Sustantivo de Trabajo y Sentencia C-543 de 2007 de la Corte Constitucional)
Su incapacidad debe ser modificada a licencia de maternidad de acuerdo al soporte adjunto se evidencia recién nacido vivo que posteriormente fallece, motivo por el cual se solicita copia del certificado de nacido vivo y licencia corregida (Ley 1468 de 2011)
Para realizar su solicitud es necesario adjuntar copia RUT, certificado por contador que acredite actividad laboral y certificado actual de afiliación a fondo de pensión (Decreto 2353 de 2015 Art 16)
Su licencia de maternidad debe ser modificada por licencia por aborto de acuerdo al soporte adjunto se evidencia muerte fetal o menor nacido sin frecuencia cardiaca, adjuntar licencia corregida (Ley 1468 de 2011)
Licencia de maternidad preparto, esta será de una (1) o dos (2) semanas de acuerdo a criterio médico,favor corregir soporte de Licencia de acuerdo a normatividad vigente. (Ley 1822 del 2017 articulo1)
Incapacidad expedida por personal de salud no autorizado para la emisión de incapacidades por lo tanto no cumple con los requisitos de ley (Resolución 2266 de 1998 Articulo 8), Decreto Ley 2106 de 2019 artículo 100)
Incapacidad actual es prorroga es necesario transcribir en su EPS anterior las incapacidades previas y radicarnos nuevamente su solicitud con el certificado de EPS anterior que contenga las incapacidades faltantes (Concepto Jurídico 201611602242601)
Para dar trámite a su licencia de paternidad es necesario que radique el registro civil de nacimiento (Ley 1468 de 2011- Artículo 236-Parágrafo 1)
En cumplimiento al direccionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social (Decreto Único Reglamentario 780 de 2016 Nivel Nacional Artículo 2.7.2.2.1.3.4), quien exige contar con el código habilitador del prestador (IPS) que expide la incapacidad, solicitamos acercase a la IPS en la que fue atendido y solicitar que el certificado de incapacidad se exponga el código habilitador.
En cumplimiento al direccionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social (Decreto Único Reglamentario 780 de 2016 Nivel Nacional Artículo 2.7.2.2.1.3.4), quien exige contar con el tipo y número de documento del profesional que expide la incapacidad, solicitamos acercarse a la IPS en la que fue atendido y solicite que el sello y/o firma del médico de la incapacidad contenga tipo y número de documento del profesional.
En cumplimiento al direccionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social (Decreto Único Reglamentario 780 de 2016 Nivel Nacional Artículo 2.7.2.2.1.3.4), quien exige contar con el tipo y número de documento del profesional que expide la incapacidad y el código habilitador del prestador (IPS) , solicitamos acercarse a la IPS en la que fue atendido y solicite que el certificado de la incapacidad contenga EL tipo y número de documento del profesional y código habilitador de la IPS.
No procede la transcripción de incapacidades ya que presenta una Pérdida de Capacidad Laboral igual o mayor al 50%, adquiriendo el estatus de invalidez permanente y disfrute de pensión de invalidez por riesgo común a cargo de la Administradora de fondo de Pensiones (Decreto 758 de 1990 articulo 5 y 10).
No procede la transcripción de incapacidades ya que el documento corresponde a un certificado de aislamiento preventivo y no a incapacidad laboral. Los días de aislamiento preventivo deberán ser asumidos por el empleador en consideración a la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020 articulo 2 numeral 2.6. y emitida por el Ministerio de Trabajo.
Licencia y/o incapacidad expedida fuera del país, para gestionar su solicitud es necesario adjuntar soportes apostillados por la embajada o Consulado de Colombia y traducidos al idioma oficial “español” (Decreto 1427 - 29 de julio de 2022).
Licencia y/o incapacidad expedida en otro País superior a 6 meses, por lo cual no es posible dar trámite a la solicitud teniendo en cuenta que supera el tiempo establecido para la radicación de acuerdo con la normatividad vigente (Decreto 1427 - 29 de julio de 2022).
Incapacidad ambulatoria expedida hace más de 15 días, por lo cual no es posible dar trámite a la solicitud teniendo en cuenta que supera el tiempo establecido para la transcripción de acuerdo con la normatividad vigente (Decreto 1427 - 29 de julio de 2022).
Incapacidad y/o licencia expedida hace más de 3 años, por lo cual no es posible dar trámite a la solicitud teniendo en cuenta que supera el tiempo para la transcripción (Decreto ley 2158 artículo 151 Código de Procedimiento Laboral - Sentencia 00013 de 2018).
Licencia Parental compartida sin soporte establecido en la normatividad, se requiere el Registro civil de nacimiento del menor y el certificado médico expedido según Decreto 1427 de 2022 articulo 2.2.3.2.4 que incluya el día desde el cual empezarían las licencias de cada uno de los padres.
Licencia de maternidad y/o paternidad sin soportes establecidos en la normatividad (Decreto 1427/2022 articulo 2.2.3.2.4); Se requiere el certificado de la licencia expedido con los campos e información completos y la copia del registro civil de nacimiento del menor.
Su Licencia preparto ya se encuentra legalizada y pagada dentro de la licencia de maternidad y cuenta con el reconocimiento de los días completos según lo establecido en la Ley 2114 de 2021 art 2 numeral 6, por lo que no procede solicitud de días adicionales.