El Permiso Especial de Permanencia (PEP), es un documento de identificación que otorga Migración Colombia a ciudadanos venezolanos que hayan ingresado al país por puntos de control migratorio.
Migración Colombia tendrá la potestad de expedir el PEP para los ciudadanos venezolanos con una vigencia mínima de 90 días calendario y por un periodo no superior a dos años. La vigencia máxima de este tipo de documento será hasta el 28 de febrero de 2023 (artículo 38 Resolución No. 0971 28 de abril de 2021 del Ministerio de Relaciones Exteriores).
Las personas migrantes venezolanas, con tipo de documento PEP, deberán realizar la actualización hacia el tipo de documento de identificación: Permiso por Protección Temporal (PPT)
El Permiso de Protección Temporal (PPT) es un documento de identificación que permite la regularización migratoria; autoriza a los migrantes venezolanos a permanecer en el territorio nacional en condiciones de regularidad migratoria especiales, y a ejercer, durante su vigencia, cualquier actividad u ocupación legal en el país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de un contrato de prestación de servicios, una vinculación o contrato laboral, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano, para el ejercicio de las actividades reguladas.
El Permiso de Protección Temporal (PPT) es válido para que sus titulares puedan acceder al Sistema de Seguridad Social en Salud y Pensión, contraten o suscriban productos y/o servicios con entidades financieras sujetas a vigilancia y control de la Superintendencia Financiera, convaliden sus títulos profesionales ante el Ministerio de Educación con el fin de tramitar sus tarjetas profesionales. Para las demás situaciones donde los migrantes venezolanos requieran identificarse y acreditar su estatus migratorio frente a instituciones del Estado (o particulares), sin perjuicio de los demás requisitos que estos trámites requieren.
Así mismo, será un documento válido para ingresar y salir del territorio colombiano, incluyendo los requisitos que exijan los demás países para el ingreso a sus territorios
Requisitos para la expedición del Permiso por Protección Temporal:
Estar incluido en el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV) (pre registro virtual, diligenciamiento de la encuesta socioeconómica y Registro Biométrico Presencial), en los plazos establecidos en el artículo 4 de la Resolución 971 de 2021 del Ministerio de Relaciones Exteriores. La inscripción se realiza de manera virtual en el siguiente enlace: https://visibles.migracioncolombia.gov.co/Authorization/Home/Login?ReturnUrl=%2F o de manera presencial en la ciudades https://www.migracioncolombia.gov.co/rumv/puntos-visibles-pre-registro-asistido
No tener antecedentes penales, anotaciones o procesos administrativos o judiciales en curso en Colombia o en el exterior.
No tener en curso investigaciones administrativas migratorias
No tener en su contra medida de expulsión, deportación o sanción económica vigente.
No haber sido reconocido como refugiado o haber obtenido asilo en otro país.
No tener una solicitud vigente de protección internacional en otro país, salvo si le hubiese sido denegado.
Es la Unidad Administrativa Especial, Migración Colombia. https://www.migracioncolombia.gov.co/ppt
El cambio de tipo y número de documento de Permiso Especial de Permanencia a Permiso por Protección Temporal se debe notificar por parte del afiliado a través de cualquiera de los siguiente canales:
Enviar la imagen del Permiso por Protección Temporal (PPT) al correo afiliacionesnueva@nuevaeps.com.co, indicando el tipo y número de documento anterior (PEP), nombres completos, apellidos completos, fecha de nacimiento y los datos de contacto (municipio y departamento de residencia, dirección, teléfono, correo electrónico).
En caso de no poder remitirlos por el correo electrónico mencionado en el punto anterior, puede acercarse a cualquiera de nuestras oficinas con la fotocopia del Permiso por Protección Temporal.