Las funciones principales de las asociaciones de usuarios consisten en:
- Asesorar a sus asociados en la libre elección de la Entidad Promotora de Salud (EPS), las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y/o los profesionales adscritos o con vinculación laboral a la EPS, dentro de las opciones por ella ofrecidas.
- Asesorar a sus asociados en la identificación y acceso a los servicios.
- Informar a las instancias que correspondan y a las instituciones prestatarias y empresas promotoras, si la calidad del servicio prestado no satisface la necesidad de sus afiliados.
- Vigilar que las tarifas y cuotas de recuperación correspondan a las condiciones socioeconómicas de los distintos grupos de la comunidad y que se apliquen de acuerdo con lo que para tal efecto se establezca.
- Atender las quejas que los usuarios presenten sobre las deficiencias de los servicios y vigilar que se tomen los correctivos del caso.
- Ejercer veedurías en las instituciones del sector, mediante sus representantes ante las empresas promotoras y/o ante las oficinas de atención a la comunidad.
- Proponer y vigilar el cumplimiento de medidas que mejoren la oportunidad y calidad técnica y humana de los servicios de salud y preserven su menor costo.